Posteado por: Javier | marzo 3, 2011

¿Quién es español? (II)

Continuamos en esta entrada, con la adquisición derivativa de la nacionalidad.

Antes de nada, sobre la originaria. Realmente, para el supuesto de los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada ni pueda determinarse en modo alguno por filiación o lugar de nacimiento y la presunción de dicho nacimiento en nuestro territorio cuando éste sea el primer lugar conocido de estancia, sería muy problemática la posibilidad de aplicar un último inciso como “En caso de llegar a conocerse la filiación o el lugar de nacimiento, y la primera no fuera la española por parte de padre o madre y el segundo no fuera territorio español, se deberá estar o a la nacionalidad de los padres o a la ley del lugar de nacimiento”. Por un lado, como es idea de estas dos entradas, no es cuestión de ir regalando la nacionalidad española a cualquiera, eso por supuesto, pero, por otro, no se deben crear situaciones de inseguridad jurídica generando un “baile” de nacionalidades cada vez que aconteciera la eventualidad de que se descubriera el verdadero origen de un sujeto que hasta ese momento se hubiera presumido como nacido en España. 

Tenemos, aparte, el artículo 11.2 de la Constitución, “Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad”. Entre tanto esto no se modifique (y bien que con gusto lo modificaría para despojar de su nacionalidad a terroristas y traidores a la patria) es ley y hay que respetar este precepto legal, eso seguro, guste o no, así como los rigurosos procedimientos de reforma que prevé la propia Constitución (artículos 166 a 169).

¿Una posible solución?

Llevar este supuesto a los de adquisición derivativa de la nacionalidad, en concreto, al artículo 21.1 del Código Civil, “La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales”. ¿Una circunstancia excepcional? Pues por ejemplo, esta misma: nacidos en España cuya filiación no resulte determinada ni pueda determinarse en modo alguno por filiación o lugar de nacimiento. En este caso, la adquisición de la nacionalidad española sería derivativa. En caso de alguna circunstancia, como el descubrimiento de su verdadero origen o la condena penal por un delito que lleve aparejada pérdida de nacionalidad ,según el actual Código Penal se les podría privar de la misma.

¿Por qué tanto interés en esto? Por algo que lo podrán entender hasta algunos elementos de la derecha más paleta, cutre, cañí y torrenteril, como el botarate pervertido del hilo anterior, que van ahora y me tachan de “pro-inmigracionista”: porque yo, parafraseando al bueno de Hamilton, tengo el deber de exponer las cosas como son, no como deberían ser.

De momento, salvo episodios puntuales, no tenemos un gran problema de tensiones raciales, no ha habido nada aún como las revueltas morunas de Francia en 2005, pero ya están a la vuelta de la esquina. Mientras respeten las leyes, legalmente no se les puede expulsar ni es justo, pero, aún así, son los sectores de la población más proclives en el futuro a motines, rebeliones y sediciones, sobre todo si el paro les sigue castigando. Sin ánimo de “criminalizar” a nadie, solo exponiendo la realidad. A más de uno no se podría privar de su nacionalidad con la redacción actual del Código Civil, en uno de estos casos, gracias no solo al PSOE, también, no lo olvidemos, a la política de su partido favorito, el PP. Pues esta es una buena vía, no para los que ya la tengan, sino para quienes que la adquieran en el futuro.

Del resto del articulado del Código Civil sobre esta materia solo voy a apuntar algo más en materia de adquisición de la nacionalidad por residencia, el artículo 22.1 y 2, más concretamente. El resto lo tienen en el Código y lo pueden consultar AQUÍ.

Dispone este precepto que:

“1. Para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años. Serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.

2. Bastará el tiempo de residencia de un año para:

a. El que haya nacido en territorio español.

b. El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.

c. El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.

d. El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.

e. El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.

f.  El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.”

Por otra parte, dice el apartado 3 que El interesado deberá justificar, en el expediente regulado por la legislación del Registro Civil, buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española”. Una soberana tontería, lo del “suficiente grado de integración en la sociedad española”, digo, por motivos que ya he mencionado anteriormente.

Otra posible redacción:

1. Para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años.

2. Bastará el tiempo de residencia de cinco años para:

a. El que haya nacido en territorio español.

b. El que hayan obtenido la condición de refugiado por motivos de persecución política, ideológica o religiosa.

c. El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.

d. El que al tiempo de la solicitud llevare cinco años casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.

e. El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.

3. Bastará el tiempo de residencia de tres años para el nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.”

¿Qué ocurre entonces con iberoamericanos (sean hispanoamericanos o brasileños), andorranos, filipinos, guineanos, portugueses o sefardíes? Irían al plazo general de diez años de residencia, salvo que se encontrasen en cualquiera de los otros supuestos.

Son países que se independizaron hace dos siglos (Portugal a mediados del siglo XVII y, con este país, Brasil) y hoy día sus ciudadanos son tan extranjeros como un búlgaro, un ruso, un japonés o un australiano. No existe ningún motivo objetivo para establecer preferencias y es más muchas de ellas son residuos que quedan de la época diplomática franquista cuando el aislamiento internacional de los años 40 obligaba a buscar relaciones exteriores en Iberoamérica y los países árabes (la “tradicional amistad con el mundo árabe”, la Guardia Mora de Franco y demás,…). Sí, cierto que muchos españoles fueron allí durante el siglo XX, pero lo mismo podrían decir alemanes o franceses, y, en todo caso, habría que ver también a dónde fueron mayoritariamente: todavía, un argentino podría decirlo, pero un ecuatoriano o un habitante del altiplano boliviano…

Por lo demás, fin al plazo de un año. Solo 365 días pisando nuestro suelo es casi un suspiro para tener ya la nacionalidad y, más aún, cuando se contraiga matrimonio ex profeso para ello. Con descendientes de españoles se puede tener cierta deferencia pero, para alguien sin ningún vínculo anterior con España, que no haya visto nuestro país ni en las postales, cinco años es un tiempo más equitativo cuando concurran las circunstancias especiales de los hipotéticos 2 y 3 para el artículo 22 del Código Civil.

Lo mismo que lo anterior, una propuesta.


Respuestas

  1. Hola: Bueno en primer lugar queria decirte que llevo tiempo siguiendo a veces este blog que me parece muy interesante. Aparte de que hay trolls que deberian irse a follar más a menudo porque parece que estan faltos de pajas, no estoy de acuerdo tampoco con todo lo que afirmas.

    Si que es verdad que en este tema de la nacionalidad hay mucho cachondeo pero no estoy de acuerdo en que «la inmigración masiva fomente el racismo». Lo que fomenta el racismo es la inacción y de hecho muchos de vosotros los «liberales» sois los primeros que no quereis combatirlo por la via penal. ¿Que la via penal no elimina el racismo? Claro que no, pero lo castiga. España yo no creo que hoy sea «peor» por el hecho de tener gente de otras razas y colores. Igual para ti sí…

    Me parece además increíble que te estés «planteando» la posibilidad o no de dar nacionalidad a un NACIDO en España. Vaya es surrealista. ¿Qué culpa tiene un niño de las acciones de sus padres como para que vengas tú a dictar qué nacionalidad tendrá?

    Por otro lado debo decirte que no soy «comunista» pero tampoco liberal ni menos conservador como algunos de tus «aliados». Sabrás, supongo, que mientras los países con más «intervencionismo» económico, menos racismo. Tienes el ejemplo de Cuba, y luego tienes el ejemplo del racismo brutal en los EEUU, país mas «liberal» conservador.

    Bueno perdona si «ofendo», solo dejo esas criticas. Sé que a vosotros no os gusta cuando se os lleva la contraria pero no me he podido quedar callado ante ciertas cosas injustas que veo aquí y anticuadas.

    Un saludo

  2. Buenos días.

    Bueno, gracias por el seguimiento, me consta que hay bastante gente que me sigue, aunque, de momento, sean bastante “tímidos” a la hora de comentar algo o dejar su opinión. ¿Tanto “miedo” doy?

    A mí no hace falta pedirme perdón anticipadamente por si se me ofende.

    Si me ofende, pues ¿qué más da? A mí no me molesta necesariamente que me lleven la contraria, al contrario, la idea que tengo de una bitácora no es que me esté diciendo todo el mundo que “bueno eres” o “eres un fenómeno, tío”. Lo que me molestan son individuos que vienen a insultar sin aportar nada, aunque a esos los despacho por la vía rápida y la porquería que me suelten la devuelvo multiplicada por ocho.

    Lo que ocurre es que si se viene a debatir, igual que yo dejo plena libertad de expresión y no censuro a nadie, aunque lo que diga sea asqueroso, no se puede pretender que esto sea como un concierto de violín en el liceo o como una sonata de piano. Si no se está dispuesto a asumir que la respuesta que te den puede ser dura es mejor ni intentar debatir, porque lo que está claro es que la libertad es muy dura para los que están hechos de mantequilla.

    “Si que es verdad que en este tema de la nacionalidad hay mucho cachondeo pero no estoy de acuerdo en que “la inmigración masiva fomente el racismo”. “

    En muchos casos sí porque los grupos y partidos racistas suelen tener más éxito entre los sectores de la población más perjudicados por esta inmigración masiva. No hay más que ver el caso del BNP en Inglaterra.

    “Lo que fomenta el racismo es la inacción y de hecho muchos de vosotros los “liberales” sois los primeros que no quereis combatirlo por la via penal. ¿Que la via penal no elimina el racismo? Claro que no, pero lo castiga.”

    Pero, ¿cómo se castiga lo que es un sentimiento por la vía penal? Si un grupo de skins apalizan a un negro o a un moro debe caer todo el peso de la ley sobre ellos, agredir a alguien es propio de criminales, pero ¿castigar lo que opinen o lo que digan?

    “España yo no creo que hoy sea “peor” por el hecho de tener gente de otras razas y colores. Igual para ti sí…”

    Mientras se respete la ley, no necesariamente. De eso ya he hablado en las entradas anteriores. Yo no siento odio por nadie que vea de otra raza. Sí tengo claro que racialmente es diferente a mí, pero eso no implica odio, y seguramente el sentimiento es mutuo. Yo no le exijo a un negro o un chino que me vea racial o culturalmente semejante a él. Lo que es nefasto es pretender crear sociedades multiculturales forzosamente, como hacen en Francia, que en todos los registros públicos se omite la raza del individuo, ignorando esta cuestión.

    “Me parece además increíble que te estés “planteando” la posibilidad o no de dar nacionalidad a un NACIDO en España. Vaya es surrealista. ¿Qué culpa tiene un niño de las acciones de sus padres como para que vengas tú a dictar qué nacionalidad tendrá?”

    No tiene ninguna “culpa” pero la nacionalidad no es un “derecho”. Ni siquiera se puede decir que sea algo inherente a la persona, como pensarían los iusnaturalistas. Es una concesión del gobierno cuando se cumplen determinadas condiciones. Si alguien tiene la nacionalidad española es en virtud de una ley emanada de un parlamento, no porque lleve ese derecho consigo mismo “per se”.

    “Sabrás, supongo, que mientras los países con más “intervencionismo” económico, menos racismo. Tienes el ejemplo de Cuba, y luego tienes el ejemplo del racismo brutal en los EEUU, país mas “liberal” conservador.”

    ¿Cuba? Los capitostes del régimen son todos blancos. En EEUU el presidente es negro.

    ¿”Racismo brutal”? ¿Cuántos negros han llegado a presidentes en un país europeo? Precisamente los liberal-conservadores son los que han eliminado este tipo de discriminaciones en el ámbito público. En el privado no, pero es que oiga, cada cual es libre de asociarse con quien quiera. ¿Quién es un ingeniero social para dedicarse a imponer cuotas, raciales o por razones de sexo, a una empresa, un club de dominó o cualquier tipo, la que sea, de entidad privada?

    EEUU hoy sigue siendo un país más liberal que España o el resto de Europa pero tampoco para tirar cohetes. Si fuera en los 80, pues se podría decir que sí, pero hoy día, ni mucho menos.

    “Sé que a vosotros no os gusta cuando se os lleva la contraria pero no me he podido quedar callado ante ciertas cosas injustas que veo aquí y anticuadas.”

    Yo no creo que haya cosas “anticuadas”, lo que es verdad lo es hace 200 años, ahora o dentro de 500 años. Según ese modelo de pensamiento, nosotros en el siglo XXIV seremos los “anticuados”. No se debe confundir que estemos más avanzados en ciencia o tecnología, que en eso sí estamos más avanzados que en siglos pasados, con que haya verdades que se hayan quedado «caducas».

    ¿Hay más libertad, por ejemplo, ahora que a principios del siglo XX? Ni por asomo, prohibiciones de toda clase.

  3. al tal «carlos»: es usted tontito y cortito. Quizá usted pensó que con Javier puede que cuelen esas majaderías pero conmigo eso no cuela — estoy más que acostumbrado a lidiar con listillos como usted.

    Veamos:

    España hoy es peor, en todos los sentidos, que hace 10 años o 15 años. Somos un país con una alta tasa de analfabetismo funcional, ignorancia, toros y pasotismo y, por supuesto, llenísima de inmigrantes ilegales de TODOS los colores. ¿No somos peor por eso? No sé, yo pensaba que un país era mejor sin la presencia de esclavos y de mano de obra barata y explotada, y también pensaba que un país sin delincuencia era mejor que uno lleno de delincuentes internacionales. Igual para usted eso es progreso, pero para mí eso es retroceso y no beneficia ni a inmigrantes forasteros ni a españoles, por supuesto.

    Je, no, si ya sabemos que usted, liberal no es. ¿Y? Sea usted conservador o comunista o verde, sigue siendo un idiota integral que va de educado pero se le nota la «actitud» pasiva-agresiva.

    ¿Castigar el racismo? ¡¡ABSURDO!! ¿Castigamos la estupidez? Pues no ¿verdad? ¿Entonces por qué cree usted que se puede castigar el racismo pero no la estupidez? ¿O cree usted que la estupidez es punible? Si es así, entonces algunos de sus amiguitos bobitos tendrían que estar encerrados en una prisión española.

    ¿Cuba dice usted? Menudo idiota. ¿Que no hay racismo en Cuba? Yo creo que la última vez que estuve comprobándolo, Cuba se encuentra en un planeta que se llama la tierra, y este planeta está poblado por hombres, cuyo origen es el pecado y la desobediencia a Dios. Por lo tanto, en Cuba por supuesto que hay racismo, y odio de todo tipo, y también hay cretinos y listillos, y gente fea y guapa, como ocurre en todos los países de este planeta.

    Hombre a mí no me importa que se me lleve la contraria para nada: lo que pasa es que la mayoría de veces los que me suelen llevar la contraria son unos idiotas indocumentados que apenas pueden juntar 4 letras.

    Váyase a pasear, idiota. Ya he pillado la alusión y usted es un gilipollas. Prefiero ser conservador fíjese, antes de ser gilipollas.

  4. «Comunista» no, quizás no, pero lo de que «a más intervencionismo menos racismo» es uno de los ramalazos más totalitarios que he visto en mucho tiempo.

    Sí, muy hábil no ha estado que digamos con la indirecta, aunque haya puesto «aliados», en plural.


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